
El Gobierno Nacional reglamentó, a través del Decreto 407/2026, una serie de reformas profundas en la Ley de Contrato de Trabajo de Argentina. Uno de los ejes centrales y que genera más dudas tanto en empleados como en empresas es el nuevo ecosistema digital para la gestión de carpetas médicas, licencias por enfermedad y la validación de certificados.
A partir de esta normativa, el histórico ida y vuelta con papeles escritos a mano, las dudas sobre la autenticidad y los desacuerdos entre el médico del trabajador y el de la empresa entran en una etapa de total digitalización y control. Estos son todos los detalles de todo lo que tenés que saber para entender el nuevo funcionamiento.
1. Obligatoriedad de las recetas y certificados digitales
El decreto establece un cambio drástico en la forma en que se comunican e indican los días de reposo. A partir de ahora, si un trabajador sufre una enfermedad o accidente inculpable (fuera del trabajo) que le impida prestar tareas, la indicación de reposo deberá ser emitida de manera digital.
- Plataformas Oficiales: Los médicos tratantes deberán registrar y confeccionar las órdenes a través de plataformas electrónicas debidamente habilitadas y registradas ante las autoridades de salud competentes.
- Chau papel: Salvo excepciones de fuerza mayor o zonas sin conectividad declaradas, los certificados tradicionales en papel pierden su centralidad habitual, buscando evitar la falsificación o adulteración de firmas y días de licencia.
2. El derecho de control del empleador
La ley mantiene el derecho histórico del empleador de verificar el estado de salud del trabajador, pero ahora el marco se vuelve más estricto y formal:
- El trabajador está obligado a notificar su ausencia y a someterse al control del médico que designe la empresa.
- Si el trabajador se niega injustificadamente a ser revisado por el profesional del empleador, puede perder el derecho a percibir la remuneración por los días de ausencia correspondientes.
3. ¿Qué pasa si hay desacuerdo? Las Juntas Médicas como solución
Uno de los puntos más innovadores y detallados de la reglamentación es el mecanismo para resolver los conflictos cuando el médico del trabajador dice una cosa (por ejemplo, que necesita 10 días de reposo) y el médico de la empresa dice otra (que está apto para volver a trabajar inmediatamente).
El Decreto 407/2026 estipula que, ante una discrepancia total en el diagnóstico o en el tiempo de la licencia, las partes deberán recurrir a un tercero neutral para dirimir el conflicto:
- Juntas Médicas oficiales u organismos públicos: Se priorizará la intervención de comisiones médicas, juntas oficiales o instituciones de salud pública (hospitales o reparticiones del Estado).
- Entidades privadas reconocidas: En caso de que no haya disponibilidad inmediata en el sector público, se podrá acordar la intervención de instituciones privadas de prestigio reconocido en auditoría médica.
- Dictamen definitivo: El informe que emita esta junta médica u organismo público será vinculante. Esto significa que definirá formalmente si el empleado debe continuar con goce de sueldo en su casa o si debe reincorporarse de forma inmediata a su puesto.
4. Beneficios del nuevo sistema
La digitalización integral persigue tres objetivos claros dentro del mercado de trabajo:
- Transparencia: Al quedar registrado el certificado en plataformas oficiales, la empresa puede verificar de inmediato la matrícula del profesional y la veracidad del diagnóstico reportado.
- Agilidad: Evita que el empleado enfermo tenga que trasladar un papel físico hasta la oficina de recursos humanos, ya que el sistema permite la notificación por vías electrónicas.
- Seguridad jurídica: Al fijar un procedimiento claro con juntas médicas para resolver los desacuerdos, se reducen los juicios laborales y las tensiones internas en las empresas por sospechas de licencias injustificadas.




