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Para el cálculo de la retención mensual del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, se parte del SUELDO BRUTO, que se define como la totalidad de las retribuciones remunerativas y no remunerativas a los efectos previsionales. (no integran dicha ganancia los siguientes conceptos: Viáticos, Asignaciones Familiares, Material Didáctico, Movilidad, Ex Combatientes).
A la remuneración gravada luego se le restan los aportes a la Jubilación, Obra social, y Ley 19032 (PAMI) y las deducciones generales, entre las cuales se encuentran las cuotas médico asistenciales, las prima de seguro, los alquileres, y las donaciones entre otros, para obtener así la GANANCIA NETA .
A este concepto se le restan el mínimo no imponible, la deducción especial, y las cargas de familia para llegar a la GANANCIA NETA SUJETA A IMPUESTO sobre la cual se aplican las tablas para realizar el calculo de la retención a practicar.
Inflación mensual y evolución de la inflación en Argentina.