MONOTRIBUTO SOCIAL: Cuánto hay que pagar desde agosto 2026

MONOTRIBUTO SOCIAL

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los importes correspondientes al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Debido a esta modificación en la tabla de categorías, el Monotributo Social también registra un ajuste directo en el importe mensual que deben abonar los trabajadores independientes y emprendedores de la economía social.

A diferencia del régimen general, quienes están inscriptos en el Monotributo Social no pagan el impuesto integrado ni los aportes jubilatorios, ya que ambos componentes cuentan con un subsidio del 100% por parte del Estado. El único concepto sujeto a cobro es el de la obra social, sobre el cual el contribuyente abona únicamente la mitad.

¿Cuánto cuesta el Monotributo Social desde agosto de 2026?

A partir del mes de agosto de 2026, el componente de obra social de la Categoría A del monotributo se fijó en $25.694,55.

Dado que el titular del Monotributo Social abona el 50% de dicho valor, el monto a pagar queda establecido de la siguiente manera:

  • Cuota mensual del titular: $12.847,27
  • Adicional por cada adherente (familiar): $12.847,27

En caso de haber sumado a la obra social a integrantes del grupo familiar primario (como cónyuge o hijos), se deberá abonar esa misma suma por cada persona declarada.

Qué beneficios otorga el Monotributo Social

Este esquema tributario optativo permite formalizar proyectos productivos de baja escala y garantiza el acceso a los siguientes servicios:

  • Facturación: Posibilidad de emitir facturas tipo “C” para la venta de productos o prestación de servicios.
  • Cobertura médica: Acceso a una obra social elegida para el titular y sus adherentes.
  • Jubilación: Ingreso al sistema previsional (SIPA) con aportes totalmente subsidiados.

Requisitos para mantener o solicitar la inscripción

Para registrarse o continuar dentro del programa en 2026, los aspirantes deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • Desarrollar una única actividad económica de forma independiente.
  • Pertenecer a una cooperativa de trabajo integrada por al menos 6 asociados.
  • Registrar ingresos brutos anuales que no superen el límite máximo fijado para la Categoría A.
  • No poseer títulos universitarios en ejercicio ni contar con empleados a cargo.
  • Ser propietario de hasta un máximo de dos inmuebles (uno de ellos destinado al emprendimiento) y un máximo de tres bienes muebles registrables.

Compatibilidad con asignaciones y programas sociales

El régimen del Monotributo Social es compatible con el cobro de diversas prestaciones estatales:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • Asignación por Embarazo para Protección Social.
  • Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo.
  • Programas de inclusión e integración social impulsados por el Ministerio de Capital Humano.

Actividades económicas alcanzadas

El registro está orientado a diversos oficios y desarrollos comunitarios, entre los que se destacan:

  • Producción y comercialización de artesanías y artículos regionales.
  • Servicios personales (jardinería, peluquería, mantenimiento, reparaciones del hogar).
  • Pequeñas producciones agropecuarias (horticultura, fruticultura, cría de animales menores).
  • Emprendimientos vinculados al reciclaje y la economía circular.

Trámite de inscripción paso a paso

La gestión se realiza sin costo a través de los canales digitales oficiales de ANSES o la plataforma de Trámites a Distancia (TAD):

  1. Ingreso al sistema: Acceder al sitio web de ANSES utilizando el número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
  2. Carga de datos: Seleccionar la opción correspondiente a Monotributo Social y completar el formulario de solicitud.
  3. Selección de la obra social: Elegir la entidad prestadora de salud entre las opciones disponibles dentro del catálogo oficial.
  4. Habilitación de la credencial: Una vez verificada la documentación por parte de ARCA y el Ministerio de Capital Humano, queda disponible la credencial de pago.
  5. Activación de la prestación: Tras efectuar el primer pago mensual (del 1 al 20 de cada mes), es requisito presentar la Declaración Jurada de Salud en una oficina de ANSES para habilitar la cobertura médica.
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