La Cámara de Diputados Argentina aprobó el proyecto de ley que propone la creación de un Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (ReNDAM). La iniciativa busca conformar una base de datos nacional que permita sancionar a los progenitores que no cumplan con las cuotas que deben abonar para la manutención de sus hijos.
El Registro de Deudores Alimentarios ya existe en las 24 jurisdicciones de nuestro país, y tiene por objeto registrar por orden judicial a todo obligado u obligada al pago de alimentos por sentencia firme o por convenio homologado judicialmente, que adeude determinado número de cuotas (tres cuotas consecutivas o cinco alternadas) previa intimación al pago.
Los deudores que figuren en el registro estarán impedidos de realizar una serie de actividades.
Entre los impedimentos que afrontarán los deudores del registro figuran la imposibilidad de abrir cuentas bancarias; recibir o renovar tarjetas de crédito o débito; pasaportes y licencias de conducir; inscribirse o anotarse en los registros de la propiedad inmueble nacional o de las jurisdicciones locales como tampoco recibir o adjudicarse, a título oneroso, viviendas sociales o la cesión de los derechos emanados de dichas viviendas.
¿Qué es el deber alimentario?
La obligación de dar alimentos que tienen los padres y las madres con respecto a sus hijos comprende todo lo que ellos y ellas necesitan para su manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio.
El deber alimentario se encuentra regulado en el Código Civil y Comercial y en tratados internacionales. Por regla ambos progenitores tienen el deber dar alimentos a sus hijos e hijas convivan o no con ellos.
Entrada en vigencia
Por el momento, el proyecto tiene media sanción en diputados, será necesaria la aprobación por parte de la Cámara de Senadores para que se convierta en LEY, y entre en vigencia.