
Se actualizó el sueldo para personal de servicio doméstico de limpeiza y tareas generales para septiembre 2026. Dentro del régimen de casas particulares, la quinta categoría es de personal para tareas generales y concentra a la mayor parte de los trabajadores del sector. Comprende la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento del hogar y elaboración de comidas.
Empleadores y personal ya deben tomar como referencia los valores salariales fijados por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que establecen el piso mínimo a cobrar durante de agosto a diciembre 2026.
Escala salarial y SUELDO de servicio doméstico de limpieza en septiembre 2026
Para quienes realizan tareas de limpieza y mantenimiento del hogar, los valores por hora y por mes quedan de la siguiente manera:
- Con retiro:
- Por hora: $3.804,66
- El mes: $466.756,23
- Sin retiro:
- Por hora: $4.072,38
- El mes: $514.903,51
¿Cuándo se paga por hora y cuándo por mes?
El esquema de pago está regulado por la Ley N° 26.844:
- Pago por hora: Corresponde cuando la persona trabaja menos de 24 horas semanales para un mismo empleador.
- Pago mensual: Se aplica cuando se trabajan 24 o más horas semanales. En estos casos, el monto se liquida en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas en el mes sobre la base del sueldo mensual acordado.
¿Qué pasa si además de limpiar cuida niños o adultos?
Es una situación habitual en muchos hogares. Si la persona realiza tareas generales de limpieza pero también atiende o cuida niños, adolescentes o adultos mayores, la ley indica que corresponde abonar la remuneración de la categoría mejor pagada. En este caso, debe aplicarse la escala de la Cuarta Categoría (Asistencia y Cuidado de Personas), cuyo valor por hora con retiro es de $4.072,38 y el mensual de $514.903,51.
Adicionales que incrementan el sueldo en el recibo
Al sueldo básico estipulado deben agregarse los siguientes ítems si corresponden:
- Adicional por Antigüedad: Equivale a un 1% extra por cada año trabajado en la misma relación laboral. Se calcula sobre los salarios mensuales y aplica de forma acumulativa.
- Zona Desfavorable: Se abona un 31% extra sobre los sueldos mínimos para el personal que preste servicios en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.




