En julio 2025 se actualizarán las escalas del Impuesto a las Ganancias. Quiénes pagarán a partir de la actualización.

Desde julio 2025, miles de trabajadores en relación de dependencia volverán a estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, tras la actualización semestral de los valores mínimos no imponibles.
Es que al igual que el monotributo, desde la aplicación de la Ley de Bases, en julio se actualizarán las escalas y las deducciones de Ganancias.
Para que esto ocurra, es necesario que se conozca el dato de inflación oficial de junio, que publica el INDEC en los primeros días del mes siguiente.
Con este dato confirmado, se podrá calcular la inflación acumulada del semestre enero-junio 2025 y aplicar el coeficiente correspondiente.
A partir de qué sueldo se pagará Ganancias en julio 2025
Con una estimación de inflación del 1,9% para junio, los nuevos valores mínimos fueron calculados considerando una alícuota promedio del 16%, incluyendo el aguinaldo.
Los sueldos brutos estimados desde los cuales se comenzará a tributar Ganancias a partir de julio 2025, según la situación familiar del trabajador, son:
– Soltero sin hijos: desde $2.329.290 brutos (alrededor de $1.933.317 netos)
– Soltero con 1 hijo: desde $2.520.050 brutos ($2.091.634 netos)
– Soltero con 2 hijos: desde $2.710.780 brutos ($2.249.950 netos)
– Casado sin hijos: desde $2.707.530 brutos ($2.247.250 netos)
– Casado con 1 hijo: desde $2.898.270 brutos ($2.405.560 netos)
– Casado con 2 hijos: desde $3.089.010 brutos ($2.563.880 netos)
Estos valores podrían modificarse cuando se conozca el dato oficial de inflación de junio, que se publicará el lunes 14 de julio, por el INDEC.
Cambios en el régimen y vencimientos
Además del ajuste en las escalas, se esperan novedades en el régimen simplificado de Ganancias para personas físicas, que ya se está implementando.
Ademas, ARCA anticipó que permitirá adherirse a quienes tengan rentas del exterior, lo quecambia significativamente la norma actual, que solo contempla ingresos de fuente argentina.
Por otro lado, los vencimientos de las declaraciones juradas anuales de Ganancias y Bienes Personales fueron prorrogados por solo tres días hábiles, generando reclamos de contadores que exigen más tiempo para cumplir con las obligaciones.