El Gobierno informó que excluirá de oficio a un grupo de personas de los programas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social.

El Ministerio de Capital Humano oficializó un cambio en los programas sociales Volver al Trabajo y Acompañamiento Social, excluyendo de manera explícita a personas detenidas o con condena penal firme.
La medida fue establecida mediante la Resolución 202/2025, publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia el 15 de mayo de 2025.
La nueva normativa incorpora nuevas causales de incompatibilidad para acceder o continuar percibiendo los beneficios de ambos programas, con el objetivo de asegurar un uso responsable de los recursos públicos y reforzar los mecanismos de control del gasto estatal.
Volver al Trabajo: Qué personas serán excluidas
A partir de esta resolución, no podrán ser beneficiarios de los programas:
- Personas detenidas a disposición del Poder Judicial, hasta que se revierta dicha condición.
- Personas condenadas penalmente por sentencia firme, hasta tanto se cumpla la condena.
Estas causales se suman a otras ya vigentes, como la participación en actos que impidan el libre tránsito o alteren el orden público, o ser prófugo de la justicia, entre otras.
Volver al trabajo renovado
El programa Volver al Trabajo fue creado para reemplazar al extinto “Potenciar Trabajo” y apunta a mejorar la empleabilidad de sus participantes mediante capacitaciones, prácticas formativas y apoyo a emprendimientos.
Por su parte, el Programa de Acompañamiento Social está dirigido a hogares en situación de alta vulnerabilidad, con el foco puesto en la inclusión y el fortalecimiento familiar y comunitario.
La decisión del Ministerio se fundamenta en el contexto de emergencia económica y social declarado por el Decreto 70/2023 y por la Ley de Bases N° 27.742, que habilita al Ejecutivo a aplicar criterios más estrictos en el acceso a programas financiados por el Estado.
De esta forma, el Gobierno busca asegurar que las ayudas sociales lleguen efectivamente a quienes estén en condiciones de reinsertarse laboral o socialmente, y que no hayan incurrido en conductas contrarias a los valores promovidos por el sistema democrático y de derecho.