En agosto de 2025, vence una obligación clave del régimen simplificado: la recategorización del monotributo.

Este procedimiento obligatorio de ARCA permite actualizar la categoría en función de los ingresos brutos anuales, el consumo de servicios, el espacio físico utilizado o los montos abonados por alquileres.
¿Qué es la recategorización del monotributo?
La recategorización del monotributo, es un trámite que se realiza dos veces al año (la anterior fue en enero y febrero) y que permite a los contribuyentes del régimen simplificado modificar su escala y categroia.
La recategorización debe efectuarse si en los últimos 12 meses se superaron o quedaron por debajo de los topes definidos para la categoría vigente.
En cambio, quienes se mantengan dentro de los límites no necesitan realizar ninguna gestión.
Recategorización: ¿Cuando vence el plazo 2025?
ARCA confirmó que la recategorización del monotributo 2025 comenzará en julio y se realizará exclusivamente a través de su sitio web oficial.
El plazo vencerá el lunes 5 de agosto de 2025, por lo que aún hay tiempo para revisar la facturación y determinar si corresponde hacer el trámite.
¿Qué pasa si no se recategoriza?
Los contribuyentes que no realicen el trámite a tiempo, pese a haber superado los parámetros establecidos, podrán ser recategorizados de oficio.
Además, ARCA puede aplicar sanciones económicas y recargos en los aportes mensuales. Las notificaciones llegarán al Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los 10 días hábiles posteriores.
¿Quiénes deben recategorizarse?
El cambio de categoría es obligatorio únicamente si se superan los límites de ingresos o parámetros físicos definidos por ARCA.
Para facilitar el seguimiento, el organismo habilitó el «Monitor de Facturación», una herramienta digital que alerta a los monotributistas cuando su facturación se acerca al tope de su categoría.
Escalas vigentes del monotributo en julio 2025
Estos son los valores actualizados para cada categoría, según el límite anual de ingresos brutos:
- Categoría A: $7.813.063,45
- Categoría B: $11.447.046,44
- Categoría C: $16.050.091,57
- Categoría D: $19.926.340,10
- Categoría E: $23.439.190,34
- Categoría F: $29.374.695,90
- Categoría G: $35.128.502,31
- Categoría H: $53.298.417,30
- Categoría I: $59.657.887,55
- Categoría J: $68.318.880,36
- Categoría K: $82.370.281,28
Cómo se hace la recategorización
El trámite se realiza ingresando al sitio monotributo.afip.gob.ar con clave fiscal. Desde allí, el contribuyente podrá revisar su facturación anual, verificar si superó los límites de su categoría actual y seleccionar la nueva escala correspondiente.