Ahora las empresas podrán pedirte verificar tu identidad para CANCELAR servicios

Una nueva disposición oficial busca evitar fraudes y cancelaciones hechas por terceros. Te contamos qué cambia a partir de ahora cuando quieras usar el “botón de baja” o el de “arrepentimiento”.

El Gobierno Nacional, a través de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo, introdujo un cambio clave en la forma en que los usuarios terminan sus contratos con proveedores de servicios. A través de la Disposición 3/2026, se busca equilibrar la facilidad de la baja con la seguridad de tus datos personales.

¿Qué cambió?

Hasta hace poco, la normativa (Disposición 954/2025) prohibía a las empresas exigir cualquier trámite adicional o registro previo al momento de pedir la baja de un servicio o usar el botón de arrepentimiento.

Sin embargo, la práctica demostró que esto abría una puerta a posibles estafas o cancelaciones realizadas por personas ajenas al contrato. Por eso, la nueva norma establece que:

  • Verificación de identidad: Las empresas ahora pueden solicitar que cumplas con pasos o mecanismos para confirmar que vos sos, efectivamente, quien pide la baja.
  • Requisitos razonables: Estos pasos no pueden ser un “obstáculo burocrático”; deben ser razonables, realizarse por medios habituales y tener como único fin la seguridad del usuario.
  • Protección de datos: La medida busca salvaguardar la integridad de los datos de los consumidores y prevenir acciones fraudulentas.

Lo que tenés que saber antes de cancelar

Si estás pensando en dar de baja una suscripción, un servicio de internet o arrepentirte de una compra online, tené en cuenta estos puntos:

  1. Mismo medio de contratación: Por ley, si contrataste un servicio por teléfono o internet, tenés derecho a rescindirlo por el mismo medio.
  2. Validación obligatoria: Si el proveedor te pide una validación de datos (como un código por SMS, un mail de confirmación o una validación biométrica simple), deberás cumplirla siempre que sea un medio habitual y lógico.
  3. Sin “vueltas” innecesarias: La empresa no puede usar esta validación para retenerte o complicarte el trámite, sino exclusivamente para verificar tu identidad.
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