TRABAJADORES DOMÉSTICOS: ARCA informó cómo se deben imprimir los recibos de sueldo digitales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) detalló el funcionamiento de los recibos de sueldo digitales para los trabajadores domésticos y cómo tramitar el Certificado de Trabajo (Art. 80 LCT).

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Recibos de sueldo trabajadores domésticos: ¿cómo se emiten y cuándo se imprimen?

ARCA indicó que empleadores deberán generar el recibo de sueldo en forma electrónica a través de la página web, ingresando con Clave Fiscal al servicio “Registro Especial del Personal de Casas Particulares”.

¿Hace falta que el empleador lo firme?

No. La validación de identidad que se realiza al ingresar con la Clave Fiscal funciona como comprobante de autenticidad. Por lo tanto, no se requiere la firma del empleador en el documento digital.

¿Cuándo es obligatorio imprimir el recibo?

El recibo electrónico debe imprimirse únicamente en dos situaciones:

  1. Cuando el sueldo se pague en efectivo.
  2. Cuando el trabajador lo solicite de manera explícita.

En esos casos, se debe imprimir por duplicado: el original se le entrega al trabajador y el duplicado firmado por el empleado queda en manos del empleador.

¿Qué pasa con el Formulario F. 102/RT?

El tradicional formulario F. 102/RT ya no es obligatorio para todos los casos. Solo se debe utilizar si el empleador elige pagar los aportes, contribuciones y la ART de forma manual en bancos o pago fácil.

Certificado de Trabajo (Art. 80): digital vs. físico

ARCA también aclaró cómo debe confeccionarse el Certificado de Trabajo contemplado en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo.

1. Opción Digital (la más rápida)

Se tramita a través del servicio “Simplificación Registral – Empleadores”, eligiendo la opción “Certificado Art. 80 LCT” (Formulario F.984).

  • Firma: Tampoco necesita firma digital, ya que el ingreso con Clave Fiscal valida al empleador.
  • ¿Cómo lo recibe el empleado?: Una vez generado, el trabajador puede consultar y descargar su certificado en PDF ingresando con su Clave Fiscal al servicio “Trabajo en Blanco”.

2. Opción Física (papel)

Si el empleador prefiere emitirlo en papel, debe imprimirlo por duplicado mediante “Simplificación Registral”.

  • Atención con la firma: En este formato, la firma del empleador o apoderado debe estar certificada ante una entidad certificante (como un banco o escribano).

¿Qué datos carga el sistema y cuáles debe completar el empleador?

Para armar el Certificado de Trabajo, ARCA toma de forma automática los datos de sus bases de datos (altas, bajas, aportes y sueldos declarados). Sin embargo, hay información que el empleador debe cargar manualmente:

  • Cuota sindical: Montos liquidados por aportes y contribuciones del convenio colectivo.
  • Domicilio de la fuente documental: La dirección donde se guardan los legajos o el Libro de Trabajo.
  • Capacitaciones: Cursos o entrenamientos realizados por el trabajador (esta opción es optativa).

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