
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), oficializó el nuevo acuerdo salarial para todo el sector de sanidad privado. Tras semanas de intensas negociaciones, tensión y un estado de alerta que mantuvo en vilo a las clínicas y sanatorios, el gremio logró pactar con las cámaras empresarias en la reunión paritaria de sanidad 2026.
El entendimiento establece una serie de aumentos escalonados sobre los sueldos básicos y el pago de sumas fijas no remunerativas durante junio, julio y agosto de 2026. Además, los representantes sindicales y empresariales pautaron volver a reunirse en las próximas semanas para monitorear el rumbo de la economía y evaluar nuevas actualizaciones si la inflación lo requiere.
Paritaria Sanidad 2026: Cómo se pagarán los aumentos y las sumas fijas
El esquema de actualización salarial acordado se divide en dos componentes principales: porcentajes acumulativos directos al básico y asignaciones adicionales de carácter no remunerativo.
- Aumentos acumulativos en los salarios básicos:
- Junio: 3,7% de incremento.
- Julio: 2% de incremento.
- Agosto: 1,6% de incremento.
- Asignación mensual no remunerativa:
- Junio: $90.000
- Julio: $90.000
- Agosto: $80.000
Cláusula especial para el mes de agosto
Un punto clave del acuerdo se aplicará en el mes de agosto. En este período, se incorporará una suma de $12.000 al salario básico de la categoría más baja de cada convenio, lo que impactará de forma proporcional en el resto de los escalafones. Al mismo tiempo, el sueldo básico absorberá $10.000 de la suma no remunerativa de ese mes.
¿Qué convenios colectivos están alcanzados?
La medida beneficia a los trabajadores amparados bajo los principales Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) del sector salud. Entre los sectores alcanzados se destacan de manera directa:
- CCT 122/75: Clínicas, sanatorios, institutos con internación, geriátricos y centros neuropsiquiátricos.
- CCT 108/75: Institutos médicos sin internación, laboratorios de análisis clínicos, centros de diagnóstico y consultorios odontológicos.
- CCT 103/75: Hospitales de colectividad o comunidad.
- CCT 459/06: Servicios de emergencias médicas y traslado de pacientes
- CCT 743/16: Servicios de internación y cuidados domiciliarios
Los detalles específicos de los básicos y adicionales para los convenios de internación domiciliaria CCT 743/16, emergencias médicas CCT 459/06 e institutos geriátricos complementarios CCT 107/75 se verán reflejados en las grillas y planillas anexas de las imágenes correspondientes.
CCT 103/75: Hospitales de comunidad

Convenio 122/75: Clínicas, sanatorios, institutos con internación, establecimientos geriátricos y neuropsiquiátricos


CCT 108/75: Institutos médicos, odontológicos, laboratorios de análisis clínicos, centros de diagnóstico y establecimientos sin internación

Convenio 743/16: Servicios de internación y cuidados domiciliarios

CCT 459/06: Servicios de emergencias médicas y traslado de pacientes

Desde la conducción de FATSA destacaron que este avance salarial se logró sostener firmemente gracias al acompañamiento de las bases y a la unidad de la organización en todo el territorio nacional, reafirmando el compromiso continuo por defender los derechos laborales del personal sanitario.




