
La Federación Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros (FSTPSRCPHYA) rubricó un nuevo acuerdo y escala salarial, con la Cámara Argentina de Establecimientos de Servicios Rápidos de Expendio de Emparedados y Afines. El entendimiento fija el esquema de recomposición salarial para todos los empleados comprendidos dentro del Convenio Colectivo de Trabajo N° 329/2000.
El incremento se otorgará de manera escalonada entre julio y noviembre de 2026 mediante sumas no remunerativas calculadas sobre los salarios básicos vigentes a julio de 2026. Finalmente, en noviembre, dichas asignaciones se incorporarás de manera definitiva para consolidar los nuevos sueldos básicos del sector.
Detalle de los porcentajes y cronograma de pago
El esquema acordado entre el gremio y la cámara empresarial contempla los siguientes tramos:
- Julio 2026 (se cobra en agosto): Asignación no remunerativa del 2% para todas las categorías.
- Agosto 2026: Asignación no remunerativa del 3,94% para todas las categorías.
- Septiembre 2026: Asignación no remunerativa del 5,70% para todas las categorías.
- Octubre 2026: Asignación no remunerativa del 7,40% para todas las categorías.
- Noviembre 2026: Se unifican los porcentajes y se consolida el nuevo básico salarial en todas las categorías del convenio.
Aportes, contribuciones y adicionales computables
Las asignaciones no remunerativas y sumas fijas otorgadas durante este período deberán efectuar los correspondientes aportes y contribuciones a la obra social, así como los convencionales de mutual y sindicato.
Asimismo, las partes aclararon que estos importes resultan computables para el cálculo de:
- Vacaciones.
- Horas extraordinarias.
- Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo).
- Premios y conceptos convencionales calculados sobre el básico (antigüedad, entre otros).
Escala Salarial – Julio 2026 (Cobro en agosto)

Próximos sueldos de agosto a noviembre de 2026
Con el avance del esquema paritario, las asignaciones no remunerativas se irán incrementando mes a mes hasta pasar al básico:
- Agosto 2026 (3,94%): Un Cajero o Postrero percibirá un básico de $1.294.387 más $50.999 no remunerativos. Por su parte, un Sandwichero o Mostrador cobrará $1.246.146 de básico y $49.098 adicionales.
- Septiembre 2026 (5,70%): La asignación no remunerativa asciende a $73.780 para Cajeros ($1.294.387 de básico) y a $71.030 para Sandwicheros y Administrativos.
- Octubre 2026 (7,40%): En el último tramo previo a la unificación, la suma no remunerativa alcanzará $137.888 para la máxima categoría (Maestro Pastelero) y $92.215 para Sandwicheros.
- Noviembre 2026 (Consolidación en el Básico): Las sumas no remunerativas se incorporan en su totalidad. Los nuevos salarios básicos mensuales quedarán de la siguiente manera:
- Maestro Pastelero / Heladero / Cocinero / Pizzero: $2.001.233
- Encargado: $1.784.492
- Dependiente de Salón: $1.706.632
- Cajero / Postrero: $1.390.172
- Sandwichero / Empleado Administrativo: $1.338.361
- Empleado A: $1.262.292
- Peón Limpieza / Lavacopas / Sereno: $1.249.617
Agosto 2026 – Escala salarios básicos

Rama servicios rápidos: Escala Salarial – Septiembre 2026

Escala Salarial – Octubre 2026

Escala Salarial – Noviembre 2026

Puntos clave y adicionales del Convenio Colectivo N° 329/00
- Premio a la Concurrencia Efectiva (Art. 50): Equivale al 14% de la remuneración nominal bruta para quienes cumplan con la asistencia perfecta en el mes. Solo se justifican ausencias por vacaciones ordinarias.
- Adicional por Antigüedad (Art. 51): Corresponde a un 1% por año laborado, aplicable a partir de los dos años de antigüedad en la empresa. Se calcula sobre el sueldo básico.
- Jornada Nocturna (Art. 54): Aplica para el trabajo realizado entre las 21:00 y las 06:00 hs. En julio es de $685,60 + $13,71 por hora, ajustándose paulatinamente hasta alcanzar $736,33 por hora en noviembre de 2026.
- Adicional por Zona Fría (Art. 55):
- En Río Negro y Neuquén, la suma mensual arranca en julio con $134.690,57 + $2.693,81 y se consolida en $144.657,67 en noviembre.
- En Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur, el personal percibe un adicional del 40% sobre el salario básico de su categoría.




