Las ART podrán ofrecer a partir de ahora compensaciones económicas no vinculantes sin reconocer incapacidad a los trabajadores que hayan recibido el alta médica sin secuelas incapacitantes.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) oficializó la Resolución 41/2025 que habilita a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y empleadores autoasegurados a ofrecer compensaciones económicas de carácter no vinculante a los trabajadores que hayan recibido el alta médica sin secuelas incapacitantes.
Qué cambia con la nueva medida
Hasta ahora, cuando un trabajador atravesaba un accidente o enfermedad laboral, la Comisión Médica debía determinar si quedaban secuelas y, en caso afirmativo, establecer el grado de incapacidad y las prestaciones correspondientes.
Con la nueva resolución, se abre la posibilidad de que las ART ofrezcan un acuerdo económico aun en casos en los que no se reconozca incapacidad permanente.
La compensación será facultativa y discrecional de la ART:
- No genera un derecho automático para el trabajador.
- No modifica el dictamen médico que confirma la inexistencia de secuelas.
- No implica reconocimiento de prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Procedimiento
Según la norma, si una Comisión Médica dictamina que no existen secuelas incapacitantes, el Servicio de Homologación podrá consultar a la ART si desea ofrecer una compensación.
- La aseguradora tendrá tres días hábiles para responder.
- Si hay acuerdo, se convocará a una audiencia y se homologará el convenio, el cual tendrá carácter de cosa juzgada administrativa.
- En caso de rechazo o silencio de la ART, se emitirá la disposición de clausura y el trabajador quedará habilitado para continuar el reclamo por vía judicial.
Objetivo de la resolución
La SRT explicó que la medida busca reducir la litigiosidad en el sistema de riesgos del trabajo, ofreciendo un mecanismo ágil de compensación en casos donde el trabajador no presenta incapacidad laboral permanente pero igualmente podría iniciar demandas judiciales.
La Resolución 41/2025 fue publicada en el Boletín Oficial y entró en vigencia el día siguiente a su publicación.