Viajar con MASCOTAS: nueva autorización para micros y trenes de larga distancia

El Gobierno Nacional autorizó el traslado de animales domésticos en micros y trenes de larga distancia de jurisdicción nacional, una medida que elimina una restricción histórica en el transporte terrestre y establece un marco claro para que los pasajeros puedan viajar con sus mascotas bajo condiciones de seguridad, higiene y bienestar animal.

La decisión se formalizó a través de la Resolución 2076/2025 de la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Economía, y entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

Qué habilita la nueva normativa

La resolución permite que cada pasajero mayor de edad pueda trasladar un animal doméstico en servicios de transporte automotor y ferroviario de larga distancia, siempre que se cumplan las pautas y condiciones establecidas.

Hasta ahora, a diferencia del transporte aéreo, el sistema terrestre no contaba con una regulación uniforme que habilitara este tipo de traslados. Con esta medida, el Ejecutivo busca modernizar la normativa vigente, adaptarla a las necesidades actuales del sector y garantizar una experiencia de viaje adecuada tanto para quienes viajan con mascotas como para el resto de los usuarios.

Condiciones para viajar con animales domésticos

El régimen establece criterios precisos para el traslado:

  • Se admite un solo animal doméstico por pasajero.
  • El animal deberá viajar en un contenedor o transportín cerrado, diseñado específicamente para el traslado de mascotas y que garantice su salubridad y protección.
  • El transportín podrá ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o sobre el asiento contiguo a la ventana, siempre asegurado con cinturón de seguridad.
  • El pasajero será responsable de la custodia, salud, seguridad y bienestar del animal durante todo el viaje, evitando molestias o riesgos para terceros.
  • Será obligatorio portar constancia de vacunación antirrábica vigente y cualquier otra documentación sanitaria exigida, la cual deberá exhibirse al momento de abordar o cuando el personal lo solicite.

Facultades de las empresas de transporte

La normativa faculta a las empresas a establecer condiciones y limitaciones adicionales, vinculadas a especies, razas, peso, dimensiones, edades y características de los animales, así como restricciones operativas relacionadas con días, horarios o recorridos.

Además, las compañías deberán definir procedimientos de limpieza y desinfección posteriores al traslado, para asegurar que los asientos queden en condiciones para su uso posterior. En terminales y estaciones, deberán habilitarse espacios específicos y señalizados para la espera y el abordaje de pasajeros con animales.

Tarifas y excepciones

Las empresas podrán fijar una tarifa razonable por el traslado de animales domésticos, de acuerdo con la oferta y la demanda del servicio, la cual deberá informarse de manera clara y transparente, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor.

La resolución aclara que los perros guía o de asistencia de personas con discapacidad quedan expresamente exceptuados de este régimen y continuarán trasladándose de manera gratuita, bajo su normativa específica.

Un cambio de fondo en el transporte terrestre

Con esta resolución, el Gobierno elimina restricciones vigentes, desburocratiza el sistema de transporte de larga distancia y lo alinea con principios de bienestar animal, libertad en la prestación de servicios y modernización normativa.

De este modo, viajar con mascotas en micros y trenes deja de ser una excepción informal y pasa a estar respaldado por un marco legal claro, uniforme y vigente en todo el país

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