AUH: Anses confirmó cómo cobrar el 20% retenido desde marzo 2026

El Gobierno nacional, a través de la Resolución 56/2026 de la ANSES, oficializó cómo cobrar el 20% retenido desde marzo 2026 en la Asignación Universal por Hijo (AUH).

La medida establece un mecanismo de interoperabilidad de datos con el Ministerio de Salud para automatizar el pago del complemento retenido, eliminando la carga administrativa para las familias con niños de hasta 4 años.

Por Redacción Calcular Sueldo

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) puso en marcha una reforma en la forma en que se realizarán los pagos de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Mediante la Resolución 56/2026, firmada por el Director Ejecutivo Fernando Omar Bearzi, el organismo previsional determinó que el 20% del monto de la prestación que legalmente se reserva de forma mensual, será liquidado de manera automática junto con el 80% habitual, siempre que el beneficiario sea un menor de hasta cuatro años inclusive.

Esta decisión técnica se fundamenta en la Resolución 1170/2025 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que ya preveía la incorporación de un mecanismo de verificación automática de condicionalidades.

El núcleo de la medida radica en el intercambio electrónico de información bajo el convenio, que permite que el Ministerio de Salud informe mensualmente el cumplimiento de los controles sanitarios y los planes de vacunación sin que el titular deba intervenir.

El fin de la retención anual para la primera infancia

Hasta la publicación de esta norma, el régimen de la Ley 24.714 obligaba a todos los beneficiarios a acumular el 20% de su asignación durante 12 meses, supeditando su cobro a la presentación física o digital de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación al año siguiente.

Con el nuevo esquema, que rige para las asignaciones puestas al pago desde el 1° de marzo de 2026, la ANSES rompe con la lógica de la liquidación diferida para el segmento de 0 a 4 años.

Al recibir la información sanitaria desde la cartera de Salud, el organismo procede a depositar el 100% de la prestación (80% corriente + 20% de condicionalidad verificada) en el mismo mes de devengamiento.

La vigencia de la Libreta para el segmento escolar

Es imperativo destacar que la automatización no es universal. La Resolución 11/2019, que actúa como norma madre complementaria, sigue vigente para aquellos beneficiarios a partir de los 5 años de edad. En este segmento, la condicionalidad no es solo sanitaria, sino también educativa (certificación del ciclo lectivo).

Para los niños en edad escolar, el procedimiento de retención y cobro mediante la presentación de la Libreta anual no sufre modificaciones.

La interoperabilidad actual se centra en los datos del Ministerio de Salud, pero no alcanza de forma totalizada a los registros de asistencia escolar de todas las jurisdicciones del país, lo que obliga a mantener el esquema de acreditación manual para los mayores de 5 años.

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