
El Sindicato de Trabajadores Perfumistas alcanzó un nuevo acuerdo paritario con la Cámara Argentina de la Industria de Cosmética y Perfumería (CAPA) en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 157/91. El entendimiento fija las escalas salariales para el período de junio de 2026 a mayo de 2027 y reorganiza de manera clave las categorías del personal operario.
Alcance del convenio: ¿A qué trabajadores engloba?
El CCT 157/91 rige para todo el personal operativo, técnico, administrativo y de comercialización que se desempeña en establecimientos dedicados a la fabricación, elaboración, fraccionamiento y envasado de productos de perfumería, cosmética, jabones de tocador y artículos destinados a la higiene y belleza.
El marco normativo alcanza tanto a operarios de planta, elaboradores y personal de laboratorio como a trabajadores del sector de plásticos, administrativos, ensambladores en depósitos, promotores, expertas en belleza y personal de servicios generales de las empresas del sector.
Reestructuración de categorías: se incorpora la Categoría D
Una de las principales novedades del acuerdo es la reorganización interna del personal de producción. Si bien se mantienen las categorías tradicionales A, B y C, se incorpora formalmente la Categoría D.
Esta nueva escala queda destinada de manera específica a los elaboradores de champúes, cremas, jabones, polvos, polvos compactos, colonias, maquillaje líquido, productos coloreados, lápices labiales y afines. Hasta el momento, estas tareas de elaboración formaban parte de la Categoría A.
A partir de este cambio, las funciones operativas quedan configuradas de la siguiente manera:
- Categoría A: Personal preparador, embalador y ensamblador de productos terminados, fraccionadores, mezcladores y maquinistas de líneas de producción.
- Categoría B: Personal de carga y descarga, envasadores, estibadores en línea, etiquetadores, cocineros, acompañantes de reparto, contadores, prensadores, envolvedores de jabón y lavadores de frascos o máquinas.
- Categoría C: Personal de limpieza, porteros, serenos, ayudantes de cocina, jardineros y tareas generales no contempladas en otros incisos.
- Categoría D: Elaboradores de cosméticos, perfumería y artículos de tocador.
Escala salarial desde agosto de 2026
Las partes establecieron los nuevos sueldos básicos vigentes a partir del 1 de agosto de 2026 para todas las ramas del convenio:
Operarios
- Categoría A: $1.531.640
- Categoría B: $1.488.634
- Categoría C: $1.464.940
- Categoría D: $1.619.369
Laboratorio
- Categoría A: $1.619.369
- Categoría B: $1.581.445
Plásticos
- Categoría A: $1.519.548
- Categoría B: $1.488.646
Ensambladores de productos terminados en depósito
- Categoría A: $1.619.369
- Categoría B: $1.581.445
- Categoría C: $1.486.846
Promotores y Expertas
- Categoría A: $1.619.369
- Categoría B: $1.581.445
Administrativos
- Categoría A: $1.527.259
- Categoría B: $1.507.035
- Categoría C: $1.486.846
O.U.R.
- Categoría A: $1.619.369
- Categoría B: $1.581.445
- Categoría C: $1.486.846
Menores (16 a 17 años)
- Sueldo básico: $1.122.504
Compensación de adicionales
El acta paritaria aclara que aquellas empresas que ya estuvieran abonando montos a cuenta o adicionales por encima de los básicos convencionales anteriores podrán compensarlos con los incrementos de esta nueva escala, imputándolos al básico y a los adicionales del convenio.




