Perfumistas firmó paritarias y reestructuró categorías: cómo queda la escala salarial desde agosto 2026

El Sindicato de Trabajadores Perfumistas alcanzó un nuevo acuerdo paritario con la Cámara Argentina de la Industria de Cosmética y Perfumería (CAPA) en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 157/91. El entendimiento fija las escalas salariales para el período de junio de 2026 a mayo de 2027 y reorganiza de manera clave las categorías del personal operario.

Alcance del convenio: ¿A qué trabajadores engloba?

El CCT 157/91 rige para todo el personal operativo, técnico, administrativo y de comercialización que se desempeña en establecimientos dedicados a la fabricación, elaboración, fraccionamiento y envasado de productos de perfumería, cosmética, jabones de tocador y artículos destinados a la higiene y belleza.

El marco normativo alcanza tanto a operarios de planta, elaboradores y personal de laboratorio como a trabajadores del sector de plásticos, administrativos, ensambladores en depósitos, promotores, expertas en belleza y personal de servicios generales de las empresas del sector.

Reestructuración de categorías: se incorpora la Categoría D

Una de las principales novedades del acuerdo es la reorganización interna del personal de producción. Si bien se mantienen las categorías tradicionales A, B y C, se incorpora formalmente la Categoría D.

Esta nueva escala queda destinada de manera específica a los elaboradores de champúes, cremas, jabones, polvos, polvos compactos, colonias, maquillaje líquido, productos coloreados, lápices labiales y afines. Hasta el momento, estas tareas de elaboración formaban parte de la Categoría A.

A partir de este cambio, las funciones operativas quedan configuradas de la siguiente manera:

  • Categoría A: Personal preparador, embalador y ensamblador de productos terminados, fraccionadores, mezcladores y maquinistas de líneas de producción.
  • Categoría B: Personal de carga y descarga, envasadores, estibadores en línea, etiquetadores, cocineros, acompañantes de reparto, contadores, prensadores, envolvedores de jabón y lavadores de frascos o máquinas.
  • Categoría C: Personal de limpieza, porteros, serenos, ayudantes de cocina, jardineros y tareas generales no contempladas en otros incisos.
  • Categoría D: Elaboradores de cosméticos, perfumería y artículos de tocador.

Escala salarial desde agosto de 2026

Las partes establecieron los nuevos sueldos básicos vigentes a partir del 1 de agosto de 2026 para todas las ramas del convenio:

Operarios

  • Categoría A: $1.531.640
  • Categoría B: $1.488.634
  • Categoría C: $1.464.940
  • Categoría D: $1.619.369

Laboratorio

  • Categoría A: $1.619.369
  • Categoría B: $1.581.445

Plásticos

  • Categoría A: $1.519.548
  • Categoría B: $1.488.646

Ensambladores de productos terminados en depósito

  • Categoría A: $1.619.369
  • Categoría B: $1.581.445
  • Categoría C: $1.486.846

Promotores y Expertas

  • Categoría A: $1.619.369
  • Categoría B: $1.581.445

Administrativos

  • Categoría A: $1.527.259
  • Categoría B: $1.507.035
  • Categoría C: $1.486.846

O.U.R.

  • Categoría A: $1.619.369
  • Categoría B: $1.581.445
  • Categoría C: $1.486.846

Menores (16 a 17 años)

  • Sueldo básico: $1.122.504

Compensación de adicionales

El acta paritaria aclara que aquellas empresas que ya estuvieran abonando montos a cuenta o adicionales por encima de los básicos convencionales anteriores podrán compensarlos con los incrementos de esta nueva escala, imputándolos al básico y a los adicionales del convenio.

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