REFORMA LABORAL: Los puntos más importantes del proyecto, vacaciones, salarios y sindicatos

reforma laboral

El Gobierno nacional presentó en el Congreso su proyecto de reforma laboral, una iniciativa que busca modernizar las reglas del trabajo en Argentina. El texto introduce cambios en vacaciones, jornada laboral, indemnizaciones, convenios colectivos, aportes patronales y derechos sindicales.
La propuesta surge del Consejo de Mayo y apunta a modificar tanto el empleo privado como público.

VACACIONES

La reforma laboral mantiene los días mínimos de vacaciones según la Ley de Contrato de Trabajo y pagas, pero cambia la forma voluntaria de tomarlas.
Los ejes principales son:

• Se pueden fraccionar, pero cada tramo debe tener al menos 7 días seguidos.
• La empresa debe garantizar que una vez cada tres años el trabajador pueda tomarlas en verano.
• El empleador debe avisar la fecha con 30 días de anticipación.
• Las vacaciones deben darse entre el 1° de octubre y el 30 de abril.

La idea es dar más margen para organizar el calendario laboral sin perder derechos básicos.

JORNADA LABORAL

El proyecto permite tres cambios relevantes entre empleador y trabajador que acuerden un régimen de compensación de horas extraordinarias, formalizado por escrito y con carácter voluntario

• La jornada podrá llegar de 8 a 12 horas por día, siempre que haya 12 horas de descanso entre cada turno y 35 horas semanales.
• Se habilitan los bancos de horas, donde las horas extra se compensan con francos en lugar de pagarse.
• Se permite más uso de contratos a tiempo parcial.

El Gobierno argumenta que esto moderniza la organización del trabajo. Los gremios advierten riesgo de abuso.

INDEMNIZACIONES

La reforma laboral introduce un nuevo esquema:

• Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con un aporte del 3% de la masa salarial.
• Ese fondo reemplazará el sistema tradicional de indemnización.
• El cálculo excluye aguinaldo, vacaciones, premios, propinas y otros pagos no habituales.
• Las pymes podrán pagar la indemnización en cuotas.
• En caso de despido sin causa, sigue vigente la regla de un mes por año trabajado.

Si un juez considera que el despido fue inválido, el trabajador puede elegir: reincorporación o cobro de la indemnización.

SALARIOS

El proyecto establece con más precisión qué es salario y permite:

• Pago en pesos, moneda extranjera o especie.
• Incorporar el concepto de salario dinámico, asociado a mérito o productividad, pactado por empresa o convenio.

Esto abre la puerta a esquemas más variables, algo que preocupa a los sindicatos porque podría presionar a la baja los pisos salariales.

CUOTAS SINDICALES

La reforma laboral introduce cambios de impacto directo en el financiamiento de los sindicatos:

• Las empresas ya no estarán obligadas a retener automáticamente la cuota sindical de los trabajadores afiliados.
• La retención solo podrá hacerse si el trabajador da una autorización expresa, individual y por escrito.
• Respecto a las cuotas solidarias, los aportes que pagan todos los trabajadores del convenio, estén o no afiliados, el proyecto no las menciona de forma explícita, pero al eliminar la ultraactividad de los convenios esas contribuciones dejarán de regir automáticamente al vencerse un acuerdo.
• Para que vuelvan a aplicarse, deberán renegociarse desde cero entre sindicatos y empleadores.

En la práctica, esto reduce los ingresos garantizados de los gremios y obliga a cada organización a volver a negociar sus fuentes de financiamiento en cada convenio colectivo.

ENFERMEDADES Y CERTIFICADOS

Las licencias por enfermedad se modernizan:

• Los certificados digitales tendrán plena validez legal.
• Empresas y seguridad social podrán verificar diagnósticos en un sistema centralizado.
• La reincorporación solo será posible con alta médica definitiva.

TRABAJADORES CASAS PARTICULARES Y SECTOR AGRARIO

Cambios específicos por actividad:

Casas particulares: período de prueba de 6 meses, recibos solo digitales y constancia bancaria suficiente para probar el pago. Se establecen condiciones específicas sobre descanso, provisión de ropa y elementos de trabajo, alimentación y seguros
Trabajo agrario: contrato permanente con período de prueba de 8 meses, sin indemnización durante ese plazo con aviso de 15 días.

REPARTIDORES: TRABAJADORES APP

La reforma crea un sistema para repartidores y mensajeros que usan plataformas digitales:

• Obligatorio registrarse en ARCA.
• Aportes previsionales y cobertura social.
• Derecho a rechazar pedidos y a recibir el 100% de las propinas.
• Derecho a saber por qué una cuenta fue bloqueada o suspendida.

CONVENIOS COLECTIVOS

Este es uno de los cambios más profundos:

• Cuando vence un convenio, ya no continúan vigentes automáticamente sus cláusulas obligatorias.
• Los convenios por empresa tendrán prioridad sobre los convenios de actividad.
• La Secretaría de Trabajo podrá suspender cláusulas si generan distorsiones económicas.

HUELGAS Y PROTESTAS

Se amplían las actividades consideradas esenciales y se crean categorías nuevas:

Servicios críticos: deben garantizar 75% de funcionamiento.
Actividades trascendentales: deben garantizar 50%.
Esto incluye salud, energía, transportes, bancos, educación, logística y comercio digital.

• Las asambleas deben pedirse con autorización previa y no se pagan.

• Se tipifican como infracciones muy graves los bloqueos, tomas de plantas, obstrucción de accesos o cualquier acción que impida el normal funcionamiento del establecimiento.
• Se habilita que empleadores o trabajadores afectados puedan iniciar acciones judiciales cuando consideren que hubo prácticas sindicales abusivas.
• Los juzgados deberán remitir información a la autoridad laboral cuando detecten empleo no registrado, para acelerar procesos de regularización.
• Se reducen las horas gremiales de los delegados a un máximo de 10 horas mensuales.

CONTRIBUCIONES PATRONALES E IMPUESTOS

Otro capítulo relevante:

• Se reduce 1 punto el aporte a obras sociales (de 6% a 5%).
• Se bajan 3 puntos las contribuciones a la Seguridad Social.
• Se elimina una amplia lista de impuestos internos.
• Se reducen las alícuotas de Ganancias para empresas.
• Se crea el RIMI, un régimen para medianas inversiones con montos mínimos entre USD 150.000 y USD 30 millones según tamaño de la empresa.

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