La AFIP eliminó el Registro Obligatorio de Contratos de Alquiler con el fin de mejorar la eficiencia y calidad del servicio al ciudadano.

Desde este lunes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha implementado una medida que simplificará la vida de muchos contribuyentes: ya no será obligatorio registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales destinados a vivienda.
Esta decisión llega en el marco de la derogación de la Ley de Alquileres, con el objetivo principal de reducir la carga administrativa y burocrática, y simplificar el proceso para locatarios y locadores.
¿Quiénes están obligados a registrar los contratos de alquiler?
Están obligados | Contribuyentes que desean obtener beneficios fiscales en el Régimen Simplificado, Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias. |
Plazo de Registro | Antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a la firma del contrato. |
Inmuebles de Sujetos Residentes en el Exterior | Registro a cargo de sus representantes en el país, sin importar la modalidad de representación. |
Contratos Electrónicos | Incluidos en el régimen de registración si se celebran mediante plataformas digitales o aplicaciones móviles. |
Contratos ya Registrados | No es necesario volver a registrar a menos que haya modificaciones. |
Operaciones con Moneda Extranjera | Deberán informarse en pesos, usando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina del día hábil anterior. |
Cómo registrar el contrato de alquiler
Antes de hacer el registro, será necesario indicar el tipo de bien inmueble, determinar la modalidad de la operación y asignar el contrato a alguna de las siguientes categorías:
Tipo de Bien | Modalidad de la Operación | Categoría de Contrato |
Inmueble urbano o rural | Permanente | Locador urbano |
Inmueble urbano o rural | Permanente | Arrendador |
Inmueble urbano o rural | Temporaria | Locador temporario |
Superficies dentro de bienes inmuebles | Permanente o temporaria | Locador de superficies dentro de bienes inmuebles |
Requisitos necesarios parar registrar el contrato de alquiler
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*Detalle: Además, según la Resolución General 5547/2024, se ha eliminado la obligación para los empleados en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler del inmueble destinado a casa habitación en el servicio SiRADIG.
Esto era necesario para acceder a las deducciones del 40% y del 10% sobre las sumas pagadas por el alquiler.