
El Gobierno Nacional oficializó el calendario de feriados 2026, con modificaciones clave pensadas para extender fines de semana y fortalecer el turismo interno. Fue publicado en la Resolución 164/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, publicada en el Boletín Oficial.
La medida ratifica tres días no laborables con fines turísticos en 2026, pensados para extender los fines de semana y ordenar la actividad económica durante el año, con impacto directo en el turismo, el comercio y los servicios.
FERIADOS: Días no laborables con fines turísticos en 2026
Según la resolución, las fechas definidas son:
- Lunes 23 de marzo
- Viernes 10 de julio
- Lunes 7 de diciembre
Estos días no son feriados nacionales obligatorios: su aplicación queda sujeta a la decisión de cada empleador, a diferencia de los feriados tradicionales.
Qué cambia y por qué
La Ley 27.399 habilita al Poder Ejecutivo a fijar hasta tres días no laborables por año con el objetivo de impulsar el turismo interno. La lógica es simple y eficaz: reducir la estacionalidad, promover escapadas cortas y dinamizar sectores como hotelería, gastronomía y transporte.
Además, la misma ley establece el régimen de traslado de feriados:
- Si un feriado trasladable cae martes o miércoles, se mueve al lunes anterior.
- Si cae jueves o viernes, se traslada al lunes siguiente.
Esto explica varios de los fines de semana largos ya previstos para 2026.
Cómo queda el calendario de feriados 2026, mes a mes
Con la resolución ya vigente, el esquema general del año próximo queda así:
Enero
- Jueves 1: Año Nuevo (inamovible)
Febrero
- Lunes 16 y martes 17: Carnaval (inamovibles)
Marzo
- Lunes 23: Día no laborable turístico
- Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (inamovible)
Abril
- Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en Malvinas (inamovible)
- Viernes 3: Viernes Santo
Mayo
- Viernes 1: Día del Trabajador (inamovible)
- Lunes 25: Revolución de Mayo (inamovible)
Junio
- Lunes 15: Güemes (feriado trasladable)
- Sábado 20: Belgrano (inamovible)
Julio
- Jueves 9: Día de la Independencia (inamovible)
- Viernes 10: Día no laborable turístico
Agosto
- Lunes 17: San Martín (feriado trasladable)
Octubre
- Lunes 12: Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
- Lunes 23: Soberanía Nacional (trasladado)
Diciembre
- Lunes 7: Día no laborable turístico
- Martes 8: Inmaculada Concepción (inamovible)
- Viernes 25: Navidad (inamovible)
Feriado vs. día no laborable: una diferencia clave
- Feriado nacional: es obligatorio. Si se trabaja, corresponde pago doble, según la Ley de Contrato de Trabajo.
- Día no laborable: su adhesión depende del empleador y no genera pago extra si se trabaja.
Con estas definiciones, 2026 tendrá casi un fin de semana largo por mes, salvo enero y septiembre. En meses como mayo y diciembre incluso habrá dos fines de semana extendidos, consolidando un calendario pensado para planificar descansos, viajes y actividad económica con mayor previsibilidad.




