La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó el reclamo de una ex funcionaria política de ANSES, quien solicitaba el pago de una indemnización por despido tras haber sido cesanteada de su cargo como Gerenta de la UDAI de Monte Grande, designación que ocupaba desde abril de 2016.

Según el fallo, la exfuncionaria Mariana Mercader fue designada mediante resolución administrativa en un cargo de carácter transitorio y político, sin haber atravesado concursos ni formar parte del régimen escalafonario de ANSES.
Su nombramiento se había realizado “ad referéndum” por la Jefatura de Gabinete y no implicaba estabilidad laboral, según lo establecido por la normativa vigente.
Mercader había sostenido en su demanda que no se trataba de un cargo político, y que correspondía aplicar la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), por lo cual solicitaba las indemnizaciones correspondientes a un despido injustificado.
Sin embargo, la Justicia concluyó que la actora ejerció un cargo directivo por designación política, y que su situación estaba expresamente excluida del régimen de la LCT y del convenio colectivo del personal permanente de ANSES.
Además, se dejó constancia de que la propia demandante solicitó licencia sin goce de haberes en su cargo previo de planta permanente para asumir la función de mayor jerarquía.
El tribunal remarcó que no hubo elementos que desvirtúen el carácter transitorio de su designación ni que justifiquen el encuadramiento en el régimen laboral común.
En consecuencia, confirmó la sentencia de primera instancia que rechazaba el reclamo y estableció que cada parte debía afrontar las costas del proceso.