ARCA obliga a emitir factura electrónica a estos sectores

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó una nueva normativa que obliga a emitir factura electrónica a distintos sectores económicos.

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A través de la Resolución General 5824/2026, el organismo eliminó exenciones históricas y obligará a sectores clave, que hasta ahora se manejaban con resúmenes internos, a emitir comprobantes electrónicos legales.

Esta medida no solo busca reducir la evasión, sino alimentar el nuevo sistema de Ganancias Simplificado, permitiendo que el fisco tenga datos precisos y precargados de los consumos y honorarios de los contribuyentes.

¿Quiénes son los nuevos obligados a facturar?

Hasta el momento, muchas entidades entregaban documentos “informativos” (como extractos bancarios o pólizas) que no funcionaban como facturas fiscales.

A partir del 1 de julio de 2026, esos sectores deberán emitir factura electrónica:

  • Bancos y entidades financieras: Por cargos, intereses y comisiones.
  • Tarjetas de crédito y prepagas: Incluyendo plataformas de pago por transferencia.
  • Compañías de Seguros: Excepto en casos específicos de seguros de caución.
  • Instituciones educativas privadas: Colegios (confesionales o no) por el cobro de cuotas y aranceles.
  • Medicina Prepaga: Por los importes no cubiertos por aportes de la seguridad social (copagos y cuotas directas).

Para no colapsar los sistemas de empresas que manejan millones de transacciones (como los bancos o tarjetas), ARCA creó el Comprobante de Liquidación Electrónica Mensual.

  • ¿Cómo funciona? En lugar de emitir una factura por cada pequeño movimiento, las entidades podrán agrupar todas las operaciones del cliente en un único comprobante por mes.
  • Plazos: Este documento deberá generarse hasta el último día del mes y estar disponible para el usuario en un plazo máximo de 10 días corridos.

Honorarios profesionales también deberán facturar

La lupa de ARCA también se posó sobre figuras que solían estar al margen de la facturación electrónica obligatoria por sus honorarios:

Directores de SA y Gerentes de SRL: Deberán inscribirse como IVA Exento y emitir facturas por sus honorarios, algo que antes no era estrictamente requerido de esta forma.

Abogados y Peritos: Aquellos que perciben honorarios judiciales también deberán pasar por el sistema de facturación electrónica.

    Cambios para el consumidor final y compras grandes

    La resolución también actualiza los montos y requisitos para quienes compran bienes o servicios:

    • Identificación obligatoria: Si la operación es igual o superior a $10.000.000, el vendedor debe identificar obligatoriamente al comprador con DNI, CUIL o pasaporte.
    • Deducciones en Ganancias: Sin importar el monto, si un cliente necesita usar esa factura para deducir gastos en el Impuesto a las Ganancias, deberá pedir que se incluya su CUIT en el comprobante.
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