
El Senado de la Nación dio un paso decisivo este 12 de febrero de 2026 al otorgar media sanción al proyecto de reforma laboral. Con el objetivo declarado de reducir la litigiosidad y fomentar el empleo formal, la iniciativa introduce cambios estructurales que afectan desde el cálculo de las indemnizaciones hasta la forma en que te tomás las vacaciones.
1. El nuevo cálculo de Indemnizaciones
El “corazón” de la reforma laboral redefine la base de cálculo para los despidos sin causa. A partir de ahora, solo se considerará la remuneración mensual, normal y habitual.
- Qué queda fuera: Se excluyen explícitamente conceptos no mensuales como el aguinaldo (SAC), bonos anuales, premios extraordinarios y las vacaciones.
- Impacto: Analistas advierten que esto podría representar una quita nominal importante en la liquidación final comparado con el sistema anterior.
2. Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Se crea un modelo inspirado en el sistema de la construcción para dar previsibilidad a las empresas:
- Aportes: Las grandes empresas aportarán un 1% mensual de la masa salarial, mientras que las MiPyMEs aportarán un 2,5%.
- Propósito: Este fondo inembargable se utilizará para cubrir los costos de desvinculación, funcionando como un autoseguro para el empleador.
3. Banco de horas y fin de las horas extras tradicionales
La reforma habilita el “Banco de Horas” mediante acuerdos entre empleador y trabajador o vía convenio.
- Se podrán compensar horas trabajadas de más en un día con descansos en otro, sin que esto implique necesariamente el pago de horas extras con recargo, siempre que se respeten los descansos legales (12 horas entre jornadas).
4. Vacaciones: fraccionamiento y temporada
El esquema de descanso anual se vuelve más flexible:
- Fraccionamiento: Se permite dividir las vacaciones en períodos mínimos de 7 días.
- Época: Aunque se mantiene el período preferencial (octubre a abril), las partes podrán acordar el goce de vacaciones en cualquier momento del año.
5. Cambios en teletrabajo y desconexión
Uno de los puntos más debatidos es la derogación de la Ley de Teletrabajo específica para integrarla a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) general.
- Desconexión Digital: Se mantiene el derecho, pero la provisión de equipos y la compensación de gastos (conectividad/luz) quedan ahora sujetos a la negociación individual o colectiva, eliminando la obligatoriedad automática por ley.
6. Período de prueba y registración digital
- Extensión: El período de prueba se consolida, permitiendo a las empresas evaluar la idoneidad del trabajador por un tiempo más prolongado bajo condiciones específicas.
- Simplificación: La registración ante la nueva agencia ARCA será suficiente y única, eliminando la duplicidad de trámites y multas por registros administrativos deficientes.
7. Actualización de créditos laborales
Para evitar que los juicios laborales licuen el capital de las empresas o pulvericen el cobro del trabajador, se establece un nuevo índice de actualización: IPC + 3% anual. Además, se habilita el pago de sentencias judiciales en hasta 12 cuotas para MiPyMEs.
¿Cuál es el sigueinte paso en el proyecyo de REFORMA LABORAL?
Tras la aprobación en el Senado, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados. Se espera que el debate sea intenso, con posibles modificaciones en los artículos referidos a la limitación del derecho a huelga en servicios esenciales y la ultraactividad de los convenios colectivos.
Si sos empleador, el nuevo Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL) ofrecerá deducciones en cargas sociales para quienes contraten nuevos beneficiarios de planes sociales o primer empleo.




