La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó los nuevos valores de los aportes previsionales para trabajadores autónomos, los cuales entraron en vigencia a partir del 15 de febrero de 2026.

Esta nueva actualización publicada cambia los montos mensuales que deben abonar los contribuyentes según su categoría de revista, afectando tanto a los regímenes generales como a los diferenciales y voluntarios.
Aportes Mensuales: Categorías Mínimas de Revista
Para la mayoría de los trabajadores independientes, los nuevos valores y sus correspondientes Rentas de Referencia son los siguientes:
| Categoría | Importe Mensual | Renta de Referencia |
| I | $ 64.531,26 | $ 201.660,19 |
| II | $ 90.342,38 | $ 282.319,94 |
| III | $ 129.061,38 | $ 403.316,84 |
| IV | $ 206.498,12 | $ 645.306,65 |
| V | $ 283.933,80 | $ 887.293,13 |
Actividades Penosas o Riesgosas
Para quienes realizan tareas bajo regímenes previsionales diferenciales, se aplican las categorías denominadas “prima” con los siguientes importes:
- Categoría I’ (I prima): $ 70.581,07
- Categoría II’ (II prima): $ 98.811,98
- Categoría III’ (III prima): $ 141.160,89
- Categoría IV’ (IV prima): $ 225.857,32
- Categoría V’ (V prima): $ 310.552,60
Regímenes Especiales y Otros Beneficiarios
El nuevo cuadro tarifario de ARCA también contempla situaciones específicas para menores, jubilados y amas de casa:
- Afiliaciones voluntarias (Categoría 1): $ 64.531,26.
- Menores de 21 años (Categoría 1): $ 64.531,26.
- Beneficiarios de prestaciones previsionales (Ley 24.241): $ 54.448,25.
- Amas de Casa (Ley 24.828): $ 22.182,62.
- Nota: Para la categoría vigente hasta febrero de 2007, el aporte es de $ 17.301,79.
Tabla de Aportes por Categorías de Revista (A a J)
ARCA mantiene la escala detallada para las distintas categorías de revista vigentes:
- Categoría A: $ 50.332,48
- Categoría B / B’: $61.787,59 /$ 67.580,18
- Categoría C / C’: $82.596,01 /$ 90.339,38
- Categoría D / D’: $123.572,30 /$ 135.157,20
- Categoría E / E’: $206.332,74 /$ 225.676,43
- Categoría F: $ 288.609,61
- Categoría G / G’: $412.506,68 /$ 451.179,18
- Categoría H: $ 619.002,84
- Categoría I / J: $ 774.359,80
Por último, se actualizó a $ 1.128.059,83 el valor de referencia mencionado en los artículos 19 y 20 de la Resolución General Nº 2217/2007.
¿Qué pasa si no me recategorizo?
Recordá que la asignación de categoría depende directamente de tus ingresos brutos anuales y tu actividad. Mantener tus datos actualizados frente a ARCA evita multas y garantiza que tus aportes previsionales sean los correctos para tu futura jubilación.




