
Capital Humano extendió el Programa de Acompañamiento Social hasta 2028: quiénes cobran los $78.000 y qué cambió
El Ministerio de Capital Humano, oficializó este la continuidad del Programa de Acompañamiento Social (PAS) y extendió su vigencia de 24 a 48 meses, contados desde la puesta en marcha de la Resolución 84/24. La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 90/2026 y asegura el pago del bono mensual hasta abril de 2028.
La decisión se tomó en un contexto de mejora de los indicadores sociales: según datos del INDEC citados en la norma, la pobreza pasó del 38,1% en el segundo semestre de 2024 al 28,2% en el segundo semestre de 2025, mientras que la indigencia bajó del 8,2% al 6,3% en el mismo período. Pese a esa baja, el Gobierno consideró necesario sostener la asistencia para los hogares que todavía permanecen en situación de vulnerabilidad.
Cuánto se cobra
Los titulares del programa perciben una asignación dineraria mensual no remunerativa de $78.000, compatible con otros ingresos del grupo familiar, siempre que se cumplan las corresponsabilidades exigidas.
Quiénes son beneficiarios del Programa de Acompañamiento Social
El PAS está destinado exclusivamente a quienes ya eran titulares al momento de la nueva resolución. Los tres grupos alcanzados son:
- Mujeres y hombres de 50 años o más en situación de vulnerabilidad.
- Mujeres con 4 o más hijos menores de 18 años.
- Titulares provenientes de Unidades de Gestión del Poder Ejecutivo Nacional vinculados a situaciones especiales.
Corresponsabilidades: qué hay que cumplir para seguir cobrando
Para mantener el beneficio, los titulares deben acreditar:
- Controles de salud en caso de embarazo.
- Plan Nacional de Vacunación al día para los menores a cargo.
- Regularidad escolar de los niños y niñas a cargo.
- Realización de cursos en la plataforma digital “Formando Capital Humano”.
Incompatibilidades: quiénes quedan afuera
El nuevo anexo endurece los controles. No pueden cobrar el PAS quienes:
- Sean titulares de comercios, explotaciones agrícolas o ganaderas.
- Tengan más de un inmueble, o autos con menos de 10 años de antigüedad, embarcaciones o aeronaves.
- Perciban jubilaciones, pensiones (contributivas o no), PUAM o seguro de desempleo.
- Hayan viajado al exterior de forma incompatible con su situación de vulnerabilidad.
- Registren consumos con tarjeta o billetera virtual que superen, en promedio mensual, un Salario Mínimo, Vital y Móvil en los últimos 6 meses.
- Hayan comprado dólares para ahorro en el mercado oficial de cambios.
- Estén inscriptos en Monotributo categoría “B” o superior, o como autónomos.
- Sean prófugos de la justicia.
La resolución también precisa cuándo se produce el egreso del programa: fallecimiento, renuncia, falsedad en las declaraciones juradas, incurrir en alguna incompatibilidad y —un punto nuevo que tomó relevancia política— participar en hechos que impidan la libre circulación, corten el transporte público o impliquen actos de violencia que alteren el orden público, debidamente notificados por organismos competentes.




