Calculadora de devolución de IVA

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¿Qué es Compre sin IVA?

La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General Nº 5418/2023, reglamentó el programa “Compre sin IVA” que establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800 por mes.

El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Asimismo, quedan alcanzadas las compras con “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.

Se reintegrará el 21% del importe total abonado, hasta el límite de $ 18.800 por mes y por beneficiario

Acreditación del reintegro

El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria que percibe el beneficio, dependiendo del horario en que se realizó la compra:

Para las compras que se realicen hasta las 17:00 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.

Para las compras hechas luego de las 17:00 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.

¿Quienes son los beneficiarios de compre Sin IVA?

Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

d) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

e) Personal de Casas Particulares.

f) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:

Cargos públicos.

Trabajos ejecutados en relación de dependencia.

Jubilaciones, pensiones o retiros.

El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.

Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.

Locación de bienes muebles o inmuebles.

Personas excluidas

No podrán acceder al beneficio del reintegro quienes:

Personas que superen los límites de ingresos establecidos

Personas que sean trabajadores autónomos

Personas quetributen en el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no sean vivienda única.

Consulta de nómina de beneficiarios

¿Qué comercios están adheridos?

Los comercios minoristas y/o mayoristas deberán estar inscriptos ante la Administración Federal con los códigos de actividad definidos para el Programa y aceptar tarjeta de débito. Podrá verificar la actividad económica declarada por el comercio, ingresando su CUIT en la "Consulta de inscripción".

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