AFIP extendió el vencimiento de los anticipos de Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales programados originalmente para agosto y octubre.

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Estos pagos, que los contribuyentes deben realizar a lo largo del año, son anticipos que se aplican a la obligación total que se determina al momento de presentar la declaración jurada anual. Inicialmente, los vencimientos estaban programados para agosto y octubre de 2024, pero ahora se trasladarán a octubre y noviembre de 2024.

Fechas de Anticipos según Terminación de CUIT

La nueva disposición impacta a las personas físicas y a las sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 975 y 2.151, es decir, a aquellos contribuyentes obligados a pagar estos impuestos. Los vencimientos para los anticipos del período fiscal 2024 son los siguientes:

CUITPrimer AnticipoSegundo Anticipo
Terminados en 0, 1, 2 y 314 de octubre de 202413 de noviembre de 2024
Terminados en 4, 5 y 615 de octubre de 202414 de noviembre de 2024
Terminados en 7, 8 y 916 de octubre de 202415 de noviembre de 2024

Para abonar los anticipos de Ganancias y Bienes Personales, se debe generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) con los siguientes códigos:

ImpuestoConceptoSubconcepto
011 – Ganancias Personas Físicas191 – Anticipos191 – Anticipos
180 – Impuesto sobre los Bienes Personales191 – Anticipos191 – Anticipos

Por otro lado, si un contribuyente estima que los anticipos serán superiores al monto final de la obligación fiscal, puede solicitar una reducción desde el tercer anticipo en adelante. Para ello, debe ingresar al servicio “Cuentas Tributarias” con clave fiscal y seleccionar la opción “Reducción de anticipos”. El nuevo importe estimado también se paga a través de un VEP.

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