La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales programados originalmente para agosto y octubre.
Estos pagos, que los contribuyentes deben realizar a lo largo del año, son anticipos que se aplican a la obligación total que se determina al momento de presentar la declaración jurada anual. Inicialmente, los vencimientos estaban programados para agosto y octubre de 2024, pero ahora se trasladarán a octubre y noviembre de 2024.
Fechas de Anticipos según Terminación de CUIT
La nueva disposición impacta a las personas físicas y a las sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 975 y 2.151, es decir, a aquellos contribuyentes obligados a pagar estos impuestos. Los vencimientos para los anticipos del período fiscal 2024 son los siguientes:
CUIT | Primer Anticipo | Segundo Anticipo |
Terminados en 0, 1, 2 y 3 | 14 de octubre de 2024 | 13 de noviembre de 2024 |
Terminados en 4, 5 y 6 | 15 de octubre de 2024 | 14 de noviembre de 2024 |
Terminados en 7, 8 y 9 | 16 de octubre de 2024 | 15 de noviembre de 2024 |
Para abonar los anticipos de Ganancias y Bienes Personales, se debe generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) con los siguientes códigos:
Impuesto | Concepto | Subconcepto |
011 – Ganancias Personas Físicas | 191 – Anticipos | 191 – Anticipos |
180 – Impuesto sobre los Bienes Personales | 191 – Anticipos | 191 – Anticipos |
Por otro lado, si un contribuyente estima que los anticipos serán superiores al monto final de la obligación fiscal, puede solicitar una reducción desde el tercer anticipo en adelante. Para ello, debe ingresar al servicio “Cuentas Tributarias” con clave fiscal y seleccionar la opción “Reducción de anticipos”. El nuevo importe estimado también se paga a través de un VEP.