ARCA oficializó los nuevos valores de las deducciones y escalas del Impuesto a las Ganancias para aplicar durante 2025. Quienes pagarán a partir de ahora.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer finalmente la actualización en las deducciones y escalas del impuesto a las Ganancias, aplicables a las remuneraciones y otros conceptos durante el período enero a junio de 2025.
Como se anticipaba, la actualización fue de un 11,78% de acuerdo a la inflación acumulada entre septiembre y diciembre de 2024.
Las nuevas tablas ya se encuentran publicada en el micrositio oficial de «Ganancias y Bienes», incluyendo modificaciones en las deducciones personales, escalas del artículo 94 y deducciones específicas para jubilaciones, pensiones y retiros.
Quienes pagarán a partir de ahora
Con estos cambios, el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias, que era de $1.850.000 para solteros y $2.500.000 para casados con dos hijos, aumentará a $2.280.000 brutos ($1.892.937 netos) para personas solteras y a $3.000.000 brutos ($2.500.000 netos) para personas casadas con dos hijos.
Escalas de Ganancias ARCA 2025
Las Escalas de alícuotas del artículo 94 se incrementarán de la siguiente manera:
Ganancia neta imponible acumulada | Ganancia neta imponible acumulada | Pagarán | Más el % | Sobre el excedente de $ |
---|---|---|---|---|
0,00 | 1.520.371,67 | 0,00 | 5 | 1.520.371,67 |
1.520.371,67 | 3.040.743,34 | 76.018,58 | 9 | 3.040.743,34 |
3.040.743,34 | 4.561.115,01 | 212.852,03 | 12 | 4.561.115,01 |
4.561.115,01 | 6.841.672,52 | 395.296,63 | 15 | 6.841.672,52 |
6.841.672,52 | 13.683.345,04 | 737.380,26 | 19 | 13.683.345,04 |
13.683.345,04 | 20.525.017,56 | 2.037.298,04 | 23 | 20.525.017,56 |
20.525.017,56 | 30.787.526,34 | 3.610.882,72 | 27 | 30.787.526,34 |
30.787.526,34 | 46.181.289,52 | 6.381.760,09 | 31 | 46.181.289,52 |
46.181.289,52 | En adelante | 11.153.826,67 | 35 | En adelante |
Nuevas deducciones personales
Las deducciones personales del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias también serán actualizadas de la siguiente forma:
CONCEPTO DEDUCIBLE A DICIEMBRE 2025 | IMPORTE DE LA DEDUCCIÓN A DICIEMBRE 2025 $ |
---|---|
Ganancias no imponibles [Artículo 30, inciso a)]: | 3.916.268,37 |
Cargas de familia [Artículo 30, inciso b)] | |
1. Cónyuge: | 3.688.339,32 |
2. Hijo: | 1.860.042,98 |
2.1. Hijo incapacitado para el trabajo | 3.720.085,95 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1] | 13.706.939,31 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1 “nuevos profesionales/emprendedores”] | 15.665.073,50 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 2] | 18.798.088,20 |
Deducción Especial Doceava parte del total de deducciones de la suma de los incisos a), b), c) apartado 2 | Según las deducciones computables del contribuyente |