El Gobierno limitó por decreto el derecho a huelga y los paros para estas actividades

El Gobierno oficializó este miércoles el Decreto 340/2025, que establece fuertes restricciones al derecho a huelga y los paros en Argentina.

paro colectivos

La nueva normativa decretada por el Poder Ejecutivo Nacional impone la obligación de garantizar prestaciones mínimas en una amplia variedad de actividades.

Qué establece el decreto

El texto, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei y todo su gabinete, reglamenta el derecho de huelga en los sectores de transporte, salud, educación y otros servicios clave, imponiendo la obligación de sostener entre el 50% y el 75% del funcionamiento habitual durante medidas de fuerza.

Según el decreto, en los servicios esenciales no podrá interrumpirse más del 25% de la actividad, mientras que en las denominadas actividades “de importancia trascendental”, la cobertura mínima deberá ser del 50%.

Actividades esenciales incluidas

El nuevo régimen amplía significativamente la lista de actividades consideradas esenciales, incluyendo:

  • Servicios sanitarios y hospitalarios.
  • Transporte y distribución de medicamentos, insumos y servicios farmacéuticos.
  • Provisión de agua potable, gas, combustibles y energía eléctrica.
  • Servicios de telecomunicaciones, internet y comunicaciones satelitales.
  • Actividades aeronáuticas, portuarias y de logística marítima.
  • Educación en niveles inicial, primario y secundario.
  • Transporte marítimo y fluvial.
  • Aduanas, migraciones y comercio exterior.

Además, el decreto introduce una nueva categoría: “actividades de importancia trascendental”, que incluye:

  • Producción de medicamentos e insumos hospitalarios.
  • Transporte terrestre y subterráneo.
  • Radio y televisión.
  • Industria alimenticia, química, siderúrgica, minera y cementera.
  • Servicios financieros, hoteleros, logísticos y de comercio electrónico.
  • Actividades vinculadas a exportaciones.

El listado fue tomado del capítulo laboral del DNU 70/2023, que actualmente está suspendido por una decisión judicial, pero el Gobierno volvió a introducirlo bajo este nuevo decreto, argumentando que ahora cuenta con las facultades delegadas por la Ley de Bases.

Otra novedad es la creación de una Comisión de Garantías, que podrá incluir nuevas actividades en las categorías de “esenciales” o “trascendentales” si evalúa que su interrupción podría afectar la salud, la seguridad, la economía o el abastecimiento del país.

Fuerte rechazo sindical

Las reacciones no se hicieron esperar. Desde la CGT y la CATT (Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte) calificaron la medida como un intento de “prohibir de hecho el derecho a huelga”, advirtiendo que viola convenios internacionales y la propia Constitución Nacional.

Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE, señaló que se trata de un “ataque directo a los derechos fundamentales de los trabajadores” y anticipó presentaciones judiciales. En la misma línea, desde la Asociación de Aeronavegantes y el sindicato docente UDA también expresaron su rechazo, alertando que se busca “imponer el ajuste limitando la resistencia de los trabajadores”.

El decreto será debatido en los próximos días por distintas organizaciones gremiales que ya evalúan medidas de fuerza. La CATT convocó a un plenario de secretarios generales en la CGT para definir una respuesta unificada.

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