Cuánto cobran los trabajadores de viveros y floricultura en marzo 2025

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) estableció las nuevas remuneraciones mínimas para los trabajadores de viveros y floricultura en las provincias de Buenos Aires y La Pampa en marzo 2025.

La medida entrará en vigencia a partir del 1° de marzo de 2025, con incrementos en los salarios según la categoría de cada trabajador, con ajustes progresivos en los meses siguientes.

Salarios trabajadores de viveros y floricultura

Marzo 2025

Las remuneraciones mínimas para los empleados del sector durante marzo serán las siguientes:

Trabajador no calificado: $763.357,11 por mes ($33.598,65 con SAC).

Trabajador semi calificado: $780.790,90 por mes ($34.365,84 con SAC).

Trabajador calificado: $804.035,31 por mes ($35.388,93 con SAC).

Conductor tractorista: $850.522,20 por mes ($37.434,86 con SAC).

Chofer: $879.577,23 por mes ($38.713,72 con SAC).

Mecánico: $908.629,69 por mes ($39.992,58 con SAC).

Abril 2025

Desde el 1° de abril de 2025, los sueldos tendrán un nuevo incremento:

Trabajador no calificado: $774.807,47 por mes ($34.102,63 con SAC).

Trabajador semi calificado: $792.502,76 por mes ($34.881,33 con SAC).

Trabajador calificado: $816.095,84 por mes ($35.919,77 con SAC).

Conductor tractorista: $863.280,04 por mes ($37.996,39 con SAC).

Chofer: $892.770,89 por mes ($39.294,43 con SAC).

Mecánico: $922.259,13 por mes ($40.592,47 con SAC).

Mayo 2025

Para mayo de 2025, los trabajadores del sector recibirán los siguientes sueldos:

Trabajador no calificado: $786.429,58 por mes ($34.614,17 con SAC).

Trabajador semi calificado: $804.390,31 por mes ($35.404,55 con SAC).

Trabajador calificado: $828.337,28 por mes ($36.458,56 con SAC).

Conductor tractorista: $876.229,24 por mes ($38.566,33 con SAC).

Chofer: $906.162,46 por mes ($39.883,85 con SAC).

Mecánico: $936.093,02 por mes ($41.201,36 con SAC).

Además de los salarios establecidos, la resolución contempla otros beneficios para los trabajadores, como el adicional por presentismo, un 5% sobre el salario básico a quienes trabajen al menos 22 días en el mes.

También se incluye el concepto antigüedad por cada año de servicio, conforme a la Ley 26.727, y la comida: Los empleadores deberán abonar un adicional que varía cada mes:

  • Marzo: $4.849,15
  • Abril: $4.921,88
  • Mayo: $4.995,71
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